Enjoy se acoge a la ley de Quiebras de Estados Unidos

Enjoy enfrenta un proceso de reorganización judicial.
Enjoy enfrenta un proceso de reorganización judicial.

La compañía de casinos Enjoy pidió a los Estados Unidos que se reconozca el proceso de reorganización judicial por medio de la ley de Quiebras.

Chile.- La operadora de casinos Enjoy pidió acogerse al capítulo 15 de la ley de Quiebras de los Estados Unidos.

La compañía, que en Chile pidió un proceso de reorganización judicial para evitar la quiebra, envió el pedido a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). El proceso tiene como objetivo “reconocer en dicho país el procedimiento de reorganización judicial que la Sociedad lleva en Chile”.

El Servicio de Impuestos Internos (IRS, en inglés) de Estados Unidos contempla “otras clases de bancarrota”. El capítulo 15 “permite a los Estados Unidos reconocer los procedimientos de bancarrota en el extranjero y permite acceso a los representantes extranjeros a los trámites jurídicos domésticos”, detalla el IRS.

Con el capítulo 15, Enjoy pedirá que un tribunal norteamericano reconozca los efectos de una quiebra chilena y le den efecto local. La intención es proteger a la empresa de demandas de acreedores estadounidenses mientras se reorganiza en Chile.

El Capítulo 15

El Capítulo 15 es una normativa que ingresó al Código de Bancarrota en 2005. Concreta la adopción estadounidense de la Ley Modelo sobre Insolvencia Transfronteriza. Para su uso, entonces se requiere una coordinación con el otro país para promover un régimen legal uniforme.

Según explica la IRS en su página, los objetivos del Capítulo 15 son “(1) promover la cooperación entre los tribunales de los Estados Unidos y las partes de interés y los tribunales y otras autoridades competentes de países extranjeros involucrados en casos de insolvencia transfronterizos; (2) establecer una mayor seguridad jurídica para el comercio y la inversión; (3) para proporcionar una administración justa y eficiente de las insolvencias transfronterizas que proteja los intereses de todos los acreedores y otras entidades interesadas, incluido el deudor; (4) para proporcionar protección y maximización del valor de los activos del deudor; y (5) facilitar el rescate de empresas con problemas financieros, protegiendo así la inversión y preservando el empleo”, precisa la IRS.

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